martes, 14 de julio de 2015

Puntos relevantes del texto final abordado entre Irán y G5+1



Los representantes de Irán y del G5+1, junto con la jefa de la Diplomacia de la Unión Europea, han llegado hoy martes 14 de julio de 2015 a un acuerdo, después de 22 meses de arduas conversaciones para superar los malentendidos sobre el pacífico programa nuclear de Irán y eliminar las crueles sanciones impuestas a la nación persa.
Gracias a este acuerdo —elaborado con respeto a los marcos, normas y líneas rojas de la República Islámica de Irán—se ha obtenido un conjunto de logros en el campo de la energía nuclear y de la eliminación de las sanciones que se detalla a continuación.
Los puntos siguientes son un resumen del Plan Integral de Acción Conjunta entre Irán y el G5+1 que ha sido acordado entre la República Islámica de Irán y los países del Grupo 5+1.
- Según el texto de acuerdo final, las potencias mundiales reconocen el programa de energía nuclear de la República Islámica de Irán, así como su carácter pacífico y el cumplimiento de los derechos nucleares de la nación iraní, dentro del respeto a las convenciones internacionales.
- El programa nuclear iraní, presentado injustamente mediante la alteración de la realidad como una amenaza para la paz y la seguridad internacionales, pasa ahora a ser objeto de cooperación internacional con el resto de los países, en el marco de los estándares internacionales.
- Irán ha sido reconocido como potencia nuclear con derecho al enriquecimiento de uranio y con acceso al ciclo completo de combustible nuclear.
- Todas las sanciones económicas y financieras impuestas contra el país persa serán levantadas mediante resolución del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas (CSNU).
- Con la emisión de la nueva resolución, acogida al artículo 25 de la Carta de las Naciones Unidas, y con atención al artículo 41 de la Carta, se producirá un cambio esencial tan sólo en el tratamiento del Consejo de Seguridad de las Naciones Unidas a Irán en las cláusulas relativas a la cancelación de las sanciones impuestas en el pasado.
- Todas las instalaciones nucleares iraníes continuarán con sus actividades. Pese a las reclamaciones iniciales de la contraparte, no se retirará ni detendrá ninguna instalación.
- Los intentos por impedir la actividad de enriquecimiento de uranio por parte de Irán han fracasado; el país persa continuará con sus tareas de enriquecimiento de uranio.
- Las infraestructuras nucleares iraníes serán conservadas. No se destruirá ninguna centrifugadora, sino que prosigue el trabajo de investigación y desarrollo en todas las centrifugadoras clave de nivel avanzado de Irán, incluidas la IR-4, IR-5, IR-6 e IR-8.
- La planta de agua pesada de Arak permanecerá intacta, será modernizada y equipada con nuevas capacidades, laboratorios e instalaciones, con la cooperación de los expertos en las más avanzadas y seguras tecnologías del momento a nivel mundial. Las reclamaciones iniciales de que fuera desmantelada o convertida en planta de agua ligera han sido desestimadas.
- Irán será reconocido en los mercados mundiales como productor de uranio enriquecido y agua pesada.
- Se anularán de una sola vez, desde el comienzo de la aplicación del acuerdo, las restricciones económicas en los sectores bancario, financiero, petrolero, gasífero, petroquímico, comercial, de seguros y de transportes impuestas por la Unión Europea y por Estados Unidos bajo pretexto del programa nuclear iraní.
- Las restricciones impuestas a las actividades misilísticas de Irán se reducen a aquellas actividades que se relacionen con armas nucleares, algo que la República Islámica de Irán nunca ha buscado.
- Las restricciones a la compra de armas serán transformadas en limitaciones parciales durante un plazo de cinco años, tras el cual serán completamente anuladas.
- Se levanta la prohibición de compra de bienes de doble uso, y la Comisión Conjunta de Irán y el Grupo 5+1 permitirá la satisfacción de necesidades del país persa.
- Se suprimirán por completo los embargos impuestos a los estudiantes iraníes de disciplinas relacionadas con la energía nuclear.
- Por primera vez después de tres décadas, se anularán las injustas sanciones impuestas contra la compra de aviones civiles y se permitirá la renovación de la flota aérea iraní, lo  que permitirá incrementar la seguridad de los vuelos.
- Se liberarán fondos iraníes bloqueados por valor de decenas de miles de millones dólares.
- Se anularán las sanciones impuestas contra el Banco Central iraní, la Compañía de Líneas Marítimas de la República Islámica de Irán, la Compañía Nacional del Petróleo iraní y la Compañía Nacional de Petroleros iraní con sus empresas dependientes, así como muchas otras instituciones, bancos e institutos iraníes (en total, alrededor de 800 personas naturales y jurídicas).
- Se facilitará el acceso de Irán a las esferas comercial, tecnológica, financiera y energética.
- Se levantarán las prohibiciones y limitaciones a la cooperación económica con Irán en todos los campos, incluidos la inversión en la industria del gas y el petróleo, petroquímicas y demás sectores.
- Por último, en el campo de la energía nuclear pacífica se prepara el terreno para una amplia cooperación internacional con Irán en la construcción de nuevas plantas nucleares, reactores de investigación y el desarrollo de las más avanzadas tecnologías nucleares.

Artículos principales del Plan Integral de Acción Conjunta (PIAC) entre Irán y G5+1
1. Enriquecimiento de uranio
-El programa de enriquecimiento de Irán se seguirá desarrollando sin un día de pausa o suspensión;
-La República Islámica de Irán en base a un determinado y preciso plan científico y tecnológico en los primeros 8 años del Plan Integral de Acción Conjunta (PIAC) y bajo algunas restricciones, no solo consolidará su programa nuclear desde el punto de vista internacional, sino que establecerá todas las bases científicas y prácticas necesarias a través de un plan de investigación y desarrollo hacia el enriquecimiento industrial y comercial mediante el uso de sus mejores y avanzadas centrifugadoras en su mejor forma económica y productividad;
-Tras superar el periodo de 8 años de restricciones, la capacidad de enriquecimiento de Irán se desarrollará conforme a los programas establecidos por la Agencia Internacional de Energía Atómica (AIEA) para el perfeccionamiento, producción y puesta en marca de centrifugadoras avanzadas y desarrolladas;
-El programa nuclear de largo plazo de Irán, la cual refleja las metas, las fases de ejecución y el cronograma  para cumplir con estos objetivos, será comunicado a la Agencia Internacional de Energía Atómica (AIEA) después de que se cumplan con el acuerdo conforme a los mecanismos establecidos en el Protocolo Adicional;
-Las centrifugadoras IR6 de Irán con una capacidad 10 veces mayor que las actuales centrifugadoras se perfeccionarán en una línea lógica en las cadenas medias de la investigación y desarrollo desde el comienzo de la aplicación del acuerdo y se producirán gradualmente desde el octavo año;
-Las centrifugadores IR8 de Irán con una capacidad nominal 20 veces mayor que las actuales centrifugadoras diseñadas en los últimos dos años, entrará en la fase de ensayos técnicos con gas en menos de un año tras el comienzo de la aplicación del acuerdo, y las fases de investigación y desarrollo de las mismas en las cadenas medias conforme a los estándares prácticos más precisos entrarán gradualmente en la fase de producción en el octavo año;
-Las demás actividades de investigación y desarrollo del enriquecimiento de Irán continuará conforme a las necesidades del país;
-La capacidad de enriquecimiento de Irán sería de 6104 máquinas de centrifugadora IR-1 para un periodo de 10 años. De esta cantidad, 5060 máquinas se dedicarán al enriquecimiento en Natanz (centro de Irán) y 1044 también estarán en estado operacional en Fordo (centro de Irán);
-Las centrifugadoras sobrantes y parte de sus infraestructuras adyacentes serán apartadas y utilizadas para reemplazar las centrifugadoras caducadas;
-Con el cumplimiento del acuerdo, Irán como exportador de uranio enriquecido accederá  a los mercados internacionales de este producto estratégico.
-Excepto los 300 kilogramos de material enriquecido que se guardará en el país como reserva en cualquier tiempo, la producción sobrante para 15 años, según Irán:
·       Será vendida  en los mercados internacionales a cambio de recibir el uranio natural equivalente,
·       Será transformada en complejos de combustibles que cumplan con los estándares internacionales,
·       Serán transformadas a uranio diluido.
-Los complejos de combustibles de Irán con origen interno o externo que cumplan con los estándares internacionales, estarán excluidos de la reserva de 300 kilogramos;
-Los países del G5+1 (EE.UU., el Reino Unido, Francia, Rusia y China, más Alemania) ayudarán a Irán  para que acceda a la tecnología avanzada y alcance los estándares internacionales de combustible y gradualmente Irán podrá transformar el uranio enriquecido a combustible seguro para utilizarlo en la planta nuclear de Bushehr (sur de Irán);
- Irán podrá enriquecer uranio hasta el 3,67 por ciento durante al menos 15 años;
-El combustible necesario para el reactor de investigación de Teherán será suministrado de la reserva de óxido de uranio de 20% disponible en Irán y en caso de que se agoten estas reservas, Irán se proveerá del combustible necesario o el óxido de uranio de 20% de los mercados internacionales con la garantía del G5+1.
-El resto de centrifugadoras y parte de sus infraestructuras adyacentes serán almacenadas bajo supervisión de la Agencia Internacional para la Energía Atómica (AIEA) en lugares seguros y reservados en Natanz y podrán ser utilizados para sustituir a las que están en funcionamiento durante el cronograma del acuerdo;
-Teniendo en cuenta que Irán ha completado sus investigaciones y avances para desarrollar sus centrifugadoras IR6 y IR8, las instalaciones de Natanz cuentan con la capacidad suficiente para proveer la necesidades de enriquecimiento industrial iraní conforme al desarrollo de la porción eléctrico nuclear en la cesta de energía del país hasta los próximos 15 años, Irán abastecerá sus necesidades de construir nuevas instalaciones de enriquecimiento;
-Teniendo en cuenta la falta de rentabilidad económica de los demás métodos de enriquecimiento y el enfoque de Irán sobre el enriquecimiento mediante el uso de centrifugadoras gasíferas, Irán no se valdrá de otros métodos para este fin hasta los próximos 10 años.
2.Cooperaciones pacíficas internacionales
-El G5+1 y los demás países cooperarán en los proyectos nucleares pacíficos de Irán;
-La resolución del CSNU impulsará y fomentará las cooperaciones de los países con Irán en este ámbito;
-Este proyecto incluye:
·       Plantas nucleares de potencia segura acompañadas de las respectivas tecnologías;
·       Reactores de investigación modernas acompañadas de las respectivas tecnologías;
·       Modernización del reactor de agua pesada de Arak;
·       Producción de combustible nuclear, en particular combustibles modernos;
·       Investigación y desarrollo de la tecnología avanzada nuclear como la fusión nuclear, distintos tipos de aceleradores y física del plasma;
·       Medicina nuclear y radiofármacos, en particular, la creación del centro regional de alta gama de medicina nuclear, tecnología laser para funciones médicas, etc.;
·       Desarrollo de mano de obra;
·       Inmunidad, salvaguardas y seguridad nuclear;
·       Administración de residuos productos de actividades nucleares, y preservar el medioambiente;
·       Y demás proyectos que se puedan llevar a cabo en el ámbito de la tecnología nuclear pacífica entre Irán y los demás países;
3.Arak
-El reactor de agua pesada de Arak mantendrá su naturaleza de agua pesada;
-Mediante el rediseño del núcleo de este reactor se sumarán nuevas habilidades a la misma como prueba de combustible, prueba de material estructural, producción de diferentes tipos de radiofármacos y radioisótopos que requieren un flujo de neutrones muy elevado;
-El rediseño, además, contribuirá a que el material radioactivo que puede ser utilizado para fines no pacíficos disminuya de manera considerable en el combustible usado;
-El nuevo núcleo del reactor será construido con el diseño de los científicos iraníes y en forma de una cooperación internacional bajo la administración de Irán;
-Teniendo en cuenta los problemas medioambientales y el gran costo de mantenimiento, el combustible usado en el reactor de agua pesada de Arak será enviado al exterior;
-Con el cumplimiento del acuerdo, Irán, como uno de los pocos productores de agua pesada en el mundo, accederá a los mercados internacionales y suministrará la cantidad sobrante a sus necesidades a los mercados internacionales conforme a los precios mundiales;
- Además de mantener el reactor de agua pesada de Arak, en los próximos 15 años Irán accederá a otros reactores de investigación modernas basados en agua ligera. En este sentido se desarrollarán cooperaciones internacionales con la garantía del combustible respectivo con Irán;
-Irán conforme a sus líneas, carece de plan alguno para reprocesar el combustible empleado y las actividades relacionadas, sin embargo, seguirá separando los radioisótopos industriales y médicos de las muestras de uranio enriquecido recogido;
4. Fordo
-  Fordo seguirá funcionando como una de las instalaciones nucleares. Como un centro nuclear, de física y de tecnología, las instalaciones de Fordo se dedicarán a las siguientes labores:
·         La producción de isótopos estables para el consumo industrial y médico (radiofármacos)
·         La investigación y el desarrollo nuclear en distintas áreas
- 1044 centrifugadoras IR-1, con todas sus infraestructuras necesarias para la operación de seis cascadas, permanecerán en Fordo. Dos de estas cascadas girarán sin uranio y serán modificadas para la producción de isótopos estables.
- Todas las demás centrifugadoras e infraestructuras relacionadas con el enriquecimiento serán retiradas y almacenadas, pero podrán ser usadas para reemplazar a las centrifugadoras que se queden fuera de servicio.
5. Esclarecimiento
Irán ha aplicado voluntariamente el Protocolo Adicional (del Tratado de No Proliferación o TNP), y conforme al cumplimiento de compromisos por parte de la contraparte, lo presentará en las próximas fases ante la Asamblea Consultiva Islámica de Irán (Mayles), para ser aprobado.
Irán volverá a aplicar el Código 3.1 modificado, y en el marco de cumplir los artículos del Protocolo Adicional y para impedir deducciones y la repetición de acusaciones infundadas contra el país, autorizará a la AIEA inspeccionar durante 25 años los centros de enriquecimiento de uranio y por 20 años el proceso de fabricación de tubos de rotores y fuelles (bellows) de sus centrifugadoras.
La AIEA de ninguna manera estará autorizada a usar las cámaras en línea o cualquier otro instrumento que transmita en vivo fuera del país las informaciones de las instalaciones nucleares de Irán.
Irán en el marco del Protocolo Adicional permitirá a la AIEA estudiar las informaciones relacionadas a las actividades nucleares en los centros no anunciados. Cualquier posible desacuerdo entre Irán y la AIEA en cuanto al acceso controlado a los centros sospechosos de realizar actividades nucleares no anunciadas serán resueltos durante un plazo razonable por parte de una comisión conjunta formada por representantes de Irán y del Grupo 5+1. Dichas medidas se realizan dentro de los marcos comunes internacionales y sólo con el fin de garantizar que no se realicen actividades nucleares no anunciadas y en base al respeto a la soberanía y para resguardar los secretos militares y de seguridad del país.
Ningún individuo, entidad e incluso la AIEA tendrá el derecho de realizar actividades fuera de las normas y las leyes de protocolos internacionales, e inspeccionar los centros militares de Irán.
Ningún individuo, entidad e incluso la AIEA no estará permitido acceder a los centros o sistemas de misiles de Irán.
Irán cooperará con la AIEA, dentro de un marco limitado y acordado, para despejar las dudas que tiene este organismo sobre las acusaciones planteadas sobre el antecedente del programa nuclear pacífico iraní y este organismo internacional debe solucionar dicha cuestión durante un plazo determinado, es decir hasta final de 2015.
6. Las Sanciones del Consejo de Seguridad
- Tras el envío del expediente nuclear iraní al CSNU en el año 2006, esta entidad internacional aprobó durante cuatro años 6 resoluciones que contemplaron una serie de nuevas sanciones a Irán, obligando al país persa suspender su programa nuclear, incluyendo el ciclo del enriquecimiento de uranio, la investigación y el desarrollo, todas las actividades nucleares en la planta de agua pesada de Arak (centro de Irán), y otras actividades relacionadas. Dichas resoluciones que fueron aprobadas citando al artículo 41 del Capítulo VII de la Carta de las Naciones Unidas, impusieron al país un sinnúmero de sanciones y restricciones financieras, bancarias, económicas, de tránsito y de seguros. Como consecuencia de dichos embargos que por sí mismo sirvieron de ejemplo por parte de EE.UU. y otros países para reforzar las sanciones unilaterales a Irán, nuestro país (la República Islámica) sufrió daños sin precedentes.
Tras la aprobación de la resolución 1929 del CSNU (el 9 de junio de 2010), se llevaron a cabo amplios esfuerzos para ilegalizar el programa nuclear iraní. Se institucionalizaron todos los embargos del CSNU contra Irán y se creó un supuesto marco legal para los actos de hostigamiento a nivel regional e internacional. Como consecuencia de dicho fallo la posición de Irán sufrió vulneración y sus socios se vieron obligados a pagar muy caro por sus interacciones políticas y económicas con el país persa.
La ampliación de sanciones antiraníes que esta vez apuntaban al programa de defensa y misiles del país, el embargo de armas, sanciones a la empresa naviera del país, las inspecciones a las cargas aéreas y marítimas con destino a o desde Irán, nuevos embargos al sistema bancario, seguros y financieros, la imposición de presiones a la industria de petróleo y gas, así como la aplicación de fuertes restricciones sobre cualquier interacción con las personas reales y legales iraníes en diferentes sectores económicos y comerciales, todos indicaban que la contraparte (Occidente) pretende obstruir todos los tractos respiratorios de Irán.
La formación de un grupo de expertos dentro del CSNU encargado de supervisar las sanciones a Irán institucionalizó aún más el régimen de sanciones antiraníes aprobadas por el Consejo y el país persa pese a ser un antiguo signatario del TNP, prácticamente fue privado de todos sus privilegios y derechos nucleares.

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